Reforma laboral: ¿para qué? (1ª parte)
Después de aprobar un paquete de medidas de recortes sociales exigidos por los bancos alemanes, el gobierno de Zapatero ha acometido una llamada "reforma laboral", un nombre que, sinceramente, le viene muy grande a lo que se ha aprobado.
Una buena forma de presentar esta decisión es citando al diario EL PAÍS:
En mi opinión, una reforma laboral digna de tal nombre debería buscar el interés general, lo cual en este asunto significa aumentar la productividad, que es algo que beneficiará a la economía y a la sociedad en su globalidad. Y de verdad que no me queda nada claro cómo las medidas aprobadas pueden mejorar la productividad. No lo veo. Después vuelvo sobre esto.
La otra cosa que me ha llamado la atención de las medidas aprobadas es la que señala el mencionado artículo de EL PAÍS: una formulación que debería ser precisa es todo lo contrario, es ambigua, indefinida. Eso, que en algunos casos es una virtud, en este es algo nefasto. Dice así: en lugar de exigir la presentación documentada de "pérdidas económicas no meramente coyunturales" para justificar los despidos, como decía el documento de trabajo del Consejo de Ministros, lo que se ha aprobado dice que será suficiente que "de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa". ¡Una "situación económica negativa"! ¡Vaya coladero! Dice el artículo: "Se trata de una redacción que permite cualquier tipo de interpretación judicial, pues en la categoría de situación económica negativa caben desde pérdidas hasta una caída de la facturación o una depreciación de activos". Podemos estar a favor de que el empresario pueda despedir libremente, en cuyo caso más vale decirlo claramente. Lo que no vale es decirlo oscuramente, con trampa. Eso es lo que critico, por ahora. En esto, la ley no puede ser ambigua; debe ser clara, porque debe ser predecible en sus consecuencias.
Una buena forma de presentar esta decisión es citando al diario EL PAÍS:
Tras elaborar varios borradores, el Consejo de Ministros aprobó ayer finalmente el decreto que regulará el mercado de trabajo a partir de mañana. Son cambios que endurecen las medidas inicialmente propuestas e inclinan la reforma hacia las demandas empresariales. Se trata de una reforma (...) que invalida la principal promesa del presidente del Gobierno al inicio de este proceso: "No habrá despidos más baratos ni más fáciles ni más libres".Es el enésimo incumplimiento del presidente Zapatero. Adelanto que no tengo un juicio terminado sobre la reforma aprobada. Pero hay dos cosas que me llaman la atención. Una, que si es cierto, como así parece, que lo aprobado refleja en buena parte las demandas empresariales, malo, muy malo. Y no por nada, sino porque los empresarios organizados españoles se han caracterizado siempre por un egoísmo sin límites. Eso del "interés general" les suena a chino. (Conste que otro tanto tengo que decir de los sindicatos.) Si una reforma laboral se inclina del lado de los empresarios, malo. Y si se inclina del lado de los sindicatos, malo también. Por encima de los intereses de unos y otros debe estar el interés general. Hay una observación que me ha parecido interesante. Dice Juan Torres que "es verdaderamente sorprendente que no haya coincidencia sobre los objetivos que pretende la reforma". Y uno piensa que es que les da igual. Andan buscando justificaciones para hacer tragar lo que mandan los "mercados", o sea, los poderes económicos europeos (si me apuráis, la banca alemana), y echan mano de cualquier cosa.
En mi opinión, una reforma laboral digna de tal nombre debería buscar el interés general, lo cual en este asunto significa aumentar la productividad, que es algo que beneficiará a la economía y a la sociedad en su globalidad. Y de verdad que no me queda nada claro cómo las medidas aprobadas pueden mejorar la productividad. No lo veo. Después vuelvo sobre esto.
La otra cosa que me ha llamado la atención de las medidas aprobadas es la que señala el mencionado artículo de EL PAÍS: una formulación que debería ser precisa es todo lo contrario, es ambigua, indefinida. Eso, que en algunos casos es una virtud, en este es algo nefasto. Dice así: en lugar de exigir la presentación documentada de "pérdidas económicas no meramente coyunturales" para justificar los despidos, como decía el documento de trabajo del Consejo de Ministros, lo que se ha aprobado dice que será suficiente que "de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa". ¡Una "situación económica negativa"! ¡Vaya coladero! Dice el artículo: "Se trata de una redacción que permite cualquier tipo de interpretación judicial, pues en la categoría de situación económica negativa caben desde pérdidas hasta una caída de la facturación o una depreciación de activos". Podemos estar a favor de que el empresario pueda despedir libremente, en cuyo caso más vale decirlo claramente. Lo que no vale es decirlo oscuramente, con trampa. Eso es lo que critico, por ahora. En esto, la ley no puede ser ambigua; debe ser clara, porque debe ser predecible en sus consecuencias.
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